Las sociedades científicas cuestionaron la injerencia del poder judicial en el sistema de salud

Cuarenta y cinco sociedades científicas repudiaron el fallo que ordenó al Sanatorio Otamendi a tratar con dióxido de cloro a un paciente en estado crítico con Covid 19, que finalmente falleció. También aprobaron el accionar del establecimiento médico y recordaron que ese tratamiento no autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
La Sociedad Argentina de Terapia Intensiva expresó su total respaldo a los médicos del Sanatorio Otamendi en su negativa a suministrar a un paciente dióxido de cloro, que no tiene ninguna evidencia científica para ser utilizado como droga de tratamiento, y nebulización con ibuprofeno, que tampoco, tiene trabajos científicos que avalen su indicación en esta forma.
También manifestaron su “repudio a la orden judicial dictada para que un profesional indique y administre ambas prácticas, en contra de su conocimiento científico y juicio médico”.Además aseguraron que la justicia no debe obligar a los médicos a indicar un producto o una medicación que no tiene el respaldo científico, y que no está autorizada por los entes de regulación nacionales e internacionales, ni respaldada por las sociedades científicas nacionales e internacionales”.

Asimismo solicitaron a las autoridades competentes, (ministerios de Salud, colegios o consejos de médicos, instituciones judiciales” que arbitren las medidas necesarias para dar seguridad profesional y garantía jurídica a los profesionales, de modo que puedan actuar con la libertad que otorga la medicina basada en la evidencia científica, y para que se frene la judicialización de la medicina, sin razones coherentes, como lamentablemente, está sucediendo últimamente.
Finalmente afirmaron que una de las bases de la práctica médica es no hacer daño al paciente. Claramente, “con esta decisión judicial se está obligando a los profesionales del Sanatorio Otamendi a violar este precepto y poner en riesgo la salud del paciente”.